¿Cumple su empresa con la nueva Ley de Protección de los Informantes?

Si su empresa tiene más de 50 empleados, ya debería disponer de un Canal de Denuncias seguro, ¿aún no lo tiene? Las sanciones por no tenerlo son inminentes

Según la Ley 2/2023, las empresas de 50 o más empleados, ya deberían tener implantado un Canal de Denuncias. No tenerlo, implica estar ahora mismo en incumplimiento de la Ley de Protección de Informantes, pudiendo ser sancionados con hasta 1 millón de euros.

Dicha Ley, otorgaba un plazo máximo de 1 año desde su entrada en vigor (marzo 2023) para la aprobación del Estatuto que regule el funcionamiento de la Autoridad Independiente del Informante, con potestad sancionadora. El plazo vence en marzo del 2024, por lo que las sanciones son inminentes.

nueva Ley de Protección de los Informantes

¿A qué obliga la Ley?

  • A establecer un canal de denuncias interno.
  • A dar la posibilidad al informante de mantenerse totalmente anónimo y, de esta forma, protegerle ante posibles represalias
  • A mantener la confidencialidad de las comunicaciones.
  • Almacenamiento seguro de datos.
  • A que todos los datos personales sean tratados de acuerdo con el RGPD.
  • A cumplir con los plazos de respuesta al alertador.
  • Al deber de informar a las partes interesadas sobre las opciones de presentación de informe.
  • A la divulgación del canal de denuncias a las autoridades de supervisión.
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¿Debería su empresa disponer de un canal de denuncias y aún no lo tiene?

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